ECMPO
Bajo Ley N°20.249, que crea los Espacios Marinos de los Pueblos Originarios, las comunidades indígenas o asociaciones, pueden solicitar el reconocimiento de un espacio de la costa y mar para su administración.
Espacios Costeros Marinos de los Pueblos Originarios (ECMPO)
Espacios Costeros Marinos de los Pueblos Originarios (ECMPO)
Es una destinación marítima delimitada, otorgada por el Ministerio de Defensa nacional a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, para que mediante un convenio de uso, se entregue la administración del espacio a la comunidad o asociación de comunidades.
Este espacio considera lugares de resguardo y explotación de un mismo sector, por lo que se puede desarrollar cualquier tipo de actividad, siempre y cuando se someta a la normativa vigente..