ECMPO

Bajo Ley N°20.249, que crea los Espacios Marinos de los Pueblos Originarios, las comunidades indígenas o asociaciones, pueden solicitar el reconocimiento de un espacio de la costa y mar para su administración.

Espacios Costeros Marinos de los Pueblos Originarios (ECMPO)

Es una destinación marítima delimitada, otorgada por el Ministerio de Defensa nacional a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, para que mediante un convenio de uso, se entregue la administración del espacio a la comunidad o asociación de comunidades.

Este espacio considera lugares de resguardo y explotación de un mismo sector, por lo que se puede desarrollar cualquier tipo de actividad, siempre y cuando se someta a la normativa vigente..

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